lunes, 5 de abril de 2010

Los abusos de niños por sacerdotes católicos

Por su interés pongo a continuación el articulo que en el día de
hoy publica Mario Conde en su blog/foro:

REFLEXIONES SOBRE LOS ABUSOS SEXUALES SOBRE NIÑOS COMETIDOS POR SACERDOTES CATÓLICOS.

¿Campaña contra la Iglesia Católica?.

Con independencia de loa ataques que se puedan producir, disculpas incluidas, entre las iglesias católica y anglicana, al margen de comparaciones poco afortunadas posteriormente desmentidas de buen grado o de buena fuerza, que nunca se sabe, los abusos, los terribles abusos sobre menores cometidos por sacerdotes católicos han ingresado -muy a su pesar- en el orden de las preocupaciones corrientes de muchos ciudadanos. Desde luego en España, durante estas vacaciones de Semana Santa, difícil resultaba mantener una conversación de sobremesa sin que en algún momento surgiera el asunto, y naciera con los tintes de desprecio, condena y miedo que genera. Unos minutos de reflexión posiblemente no serán ociosos.

Ante todo se dice que existe una campaña contra la Iglesia Católica derivada de este asunto. Para utilizar propiamente esta palabra necesitamos medios de comunicación difundiendo una “noticia” con reiteración, insistencia y alevosía, enfocada desde diversos ángulos y con el propósito deliberado y consciente de dañar a los protagonistas, por encima de la misión de informar, esto es, convirtiéndose en agentes de la desinformación interesada. Pero solo nos enfrentaremos a “campaña” si la noticia es falsa, o si se argumenta sobre medias verdades, o, sencillamente, se inflaciona la importancia de un hecho utilizando caracteres tipográficos desmesurados, porque los que dirigen los medios de comunicación son conocedores de que el alcance de una “noticia” no sólo depende del hecho en sí, del relato que contiene, sino, además y casi de manera fundamental, del modo de presentarse, de los caracteres tipográficos utilizados, del lugar que ocupa en las páginas del periódico o en la programación de la radio o televisión correspondiente. Una noticia menor que sea titular en portada a cinco columnas o que abre telediarios, pasa, por este simple hecho, a transformarse en noticia mayor. La forma se convierte -periodística y socialmente- en sustancia. La opinión aparentemente sustentada en hechos se convierte en modo-de-pensar de quienes la reciben. No de todos, desde luego, porque la intensidad del efecto depende del grado de educación de lectores y oyentes, pero en este segmento educativo desgraciadamente no disponemos de un exceso de holgura para mantener optimismo fundado con buena parte de nuestra sociedad. Si admitimos las premisas anteriores situando la noción de campaña, no parece que en este sentido estricto pueda hablarse propiamente de campaña mediática contra la Iglesia Católica. Porque ni la noticia es -desgraciadamente- falsa, ni la importancia del asunto reclama caracteres tipográficos menores. Al revés: quizás el estupor que genera el conocimiento de los hechos reclamaría a gritos menos ruido, para evitar exceso de alarma social, por decirlo con terminología detestable, pero tampoco puede atenderse semejante petición debido, precisamente, a que se trata de un hecho de importancia social y que debe ser conocido para actuar en consecuencia.

La campaña sutil podría derivar de la “extrapolación” o “generalización”. Para decirlo mas claro: transmitir la imagen de que en la Iglesia Católica se practica el abuso de menores con regularidad. No sería acorde con lo real. Al menos con los datos que disponemos al día de hoy. Hay, ciertamente, muchos casos de abusos. Algunos han salido a la luz. Otros no. Seguramente tendremos nuevos sucesos de este miserable porte en el futuro. ¿Inevitable.? Pero generalizar diciendo que siempre en un entorno católico educativo se producen estos abusos no sería al día de hoy y con los datos de que disponemos una verdad incontestable. Al contrario: constituiría una generalización excesiva. Para atacar a la generalización se tiene que acudir a estadísticas, a porcentajes…Mal camino, claro, porque con ello se cae en la dinámica de lo cuantitativo, cuando un solo caso de abuso, uno solo, es suficientemente terrible como para convertir en inocuas las estadísticas ciertas que se elaboren. ¿Cómo decir que “solo” mil niños, o los que sean, fueron objeto de abuso sobre cientos de miles de ellos que vivieron su educación en aulas católicas de todo el mundo?. Mal camino, y, como digo, al tiempo resulta casi inevitable recorrerlo para tratar de descomponer la posible generalización. A veces el remedio resulta de peor condición que la enfermedad. ¿Hay campaña en este sentido de generalización excesiva?. Es muy posible que si, pero sutil porque no se necesita utilizar en exceso la técnica debido a que el dato aislado es suficientemente dramático, como se percibe con total claridad cuando se aborda en conversaciones corrientes. En todo caso el número de niños convertidos en víctimas de semejante delito, es lo suficientemente grande como para que la sociedad perciba con tintes de generalización el hecho. Lo que resulta inevitable es que muchos católicos perciban las informaciones como campaña. Inevitable. Navegamos por los mares de las creencias, territorios del dominio de la emoción. Debemos ser conscientes de ello.

¿Y contra Benedicto XVI, hay campaña?.

La pregunta tiene de mi costado esta respuesta: depende, claro. Si resultaran ciertas determinadas informaciones que sugieren que fue conocedor de alguien que cometió abusos y no los denunció sino que, al contrario, permitió que el sujeto abusador permaneciera en posiciones desde las que podría seguir cometiendo tropelías de este porte que, lamentablemente, fueron ejecutadas, en este caso, nos guste o no, tendría responsabilidad. Con independencia de su calificación jurídica, que es de menor transcendencia en este instante del relato, la tendría moral, y con ello sería, insisto, en este momento del relato, mas que suficiente cuando de un líder espiritual se trata, y no de uno mas sino el de mayor importancia al día de hoy sobre la tierra. Por tanto, no existiría campaña. En otro caso, claro que sí. Y de le peor especie porque imputar corresponsabilidad por omisión o comisión por omisión en abusos deshonestos a menores es de lo peor que puede despacharse. ¿Qué sabemos?. Yo nada o muy poco. Referencias de los medios. No es suficiente para pronunciarme en una u otra dirección. Alguien me argumentaba que el Papa se ha referido al asunto en varias ocasiones en términos de descalificación que no permiten dudas. Concretamente en la carta pastoral a los obispos de Irlanda del sábado 20 de Marzo de 2010 se dijo: “En varias ocasiones, desde mi elección a la Sede de Pedro, me he encontrado con víctimas de abusos sexuales y estoy dispuesto a seguir haciéndolo en futuro. He hablado con ellos, he escuchado sus historias, he constatado su sufrimiento, he rezado con ellos y por ellos. Anteriormente en mi pontificado, preocupado por abordar esta cuestión, pedí a los obispos de Irlanda, durante la visita ad elimina de 2006 que “establecieran la verdad de lo ocurrido en el pasado y tomasen todas las medidas necesarias para evitar que sucediera de nuevo, para asegurar que los principios de justicia sean plenamente respetados y, sobre todo, para curar a las víctimas y a todos los afectados por estos crímenes atroces ” (Discurso a los obispos de Irlanda, el 28 de octubre de 2006)”.

Alguien puede decir que están bien y son justas esas palabras, pero si resultara cierto que quien las pronuncia fue encubridor moral de esos delitos, las palabras no borrarían el hecho sino que le dotarían de gravedad adicional. Y resultaría difícil contrargumentar. Por ello la clave reside, una vez mas, en la dictadura del hecho: sucedió o no sucedió. No tengo datos para pronunciarme respecto del pontífice. Tendencia natural a creer en la inocencia. No solo por la presunción jurídica sino por la confortabilidad individual. Hay que situar el asunto, por tanto, en este instante, en la organización, en la Iglesia.

¿Es extrapolable a la Iglesia la actuación de sacerdotes católicos?.

En este caso la extrapolación a la Iglesia como Organización de las conductas de sus individuos no es totalmente ilegítima. La Iglesia es una organización. Es, además, un Estado, pero ahora cuenta su condición de organización. No creo necesitar consumo de espacio y palabras para evidenciarlo. Los sacerdotes, en sus diferentes posiciones, son miembros de la organización y encargados de transmitir educación-en-valores-católicos. No sólo con sus palabras sino sobre todo con su conducta. Por tanto, un sacerdote aislado no hace organización pero la reiteración de abusos en diferentes momentos históricos, en distintos países y con distintos criminales, no hay mas remedio que admitir que es imputable a la organización en cuanto tal. ¿El robo de un director de sucursal es suficiente para cualificar al banco al que pertenece?. No. Pero una actitud numerosa -no digo generalizada- de directores empeñados en el robo a ciertos clientes, sí que resulta imputable a la organización bancaria, cuando menos mediante la imputación de negligencia. Y el banco debe ser especialmente diligente con los depósitos de dinero de sus clientes, porque se basan en la confianza depositada en la entidad. A mayor abundamiento, a mucho mayor abundamiento, la Iglesia debe ser especialmente diligente en la custodia de la integridad física y moral de los niños entregados a ella para su educación, confiando en la integridad moral de quienes van a impartirles los valores católicos que provocaron la elección del centro educativo.

A esta atribución le corresponde en lo jurídico la noción de responsabilidad. No se trata de que la Iglesia decida voluntariamente indemnizar a la víctimas de los abusos cometidos por sus sacerdotes sino que debe hacerlo conforme a las leyes del Estado. Y aquí penetramos de nuevo en un territorio en el que conviene caminar con cuidado y sin prejuicios. Los sacerdotes viven en un entorno jurídico dominado por el Estado. Los niños son personas sobre las que ostenta obligación el Estado. Se permite el colegio religioso católico o de cualquier otra caracterización, a condición, claro, de que los comportamientos en el interior de los centros educativos no violen leyes del Estado. No sólo en la comisión de delitos de conducta (abusos) sino en los de orden ideológico, como sería, por ejemplo, exaltar el racismo, la xenofobia, la violencia y otros de similar lenguaje genético. La Iglesia, en cuanto organización, la Católica y cualquier otra, no se encuentran en disposición de manejar ninguna bula que les exima de cumplir las normas del Estado. A ellas deben ajustarse, y en tanto en cuanto manejan educación de menores, con el máximo de los cuidados. Por tanto, si se ha producido el abuso, la responsabilidad, cuando menos in eligendo-como dicen los juristas- existe, y el perjudicado dispone del derecho a reclamar la reparación del daño correspondiente ante los Tribunales del Estado. Argumentar, como en algún caso he leído, que los sacerdotes no son “empleados” de la la Iglesia, es casi peor. No merece la pena comentarlo. Y vuelvo a decir que no se trata de que la Iglesia, católica o cualquier otra, indemnice voluntariamente a las víctimas. Se trata de que debe hacerlo por verse impelido jurídicamente a ello, con independencia de los impulsos morales que cada uno quiera sentir. Y se trata de un asunto especialmente grave porque, al menos según ciertas informaciones, en algún caso las indemnizaciones ofrecidas y satisfechas tan tenido como causa eficiente no el deseo de reparar el mal causado sino el intento de evitar que el mal fuera conocido por la sociedad. Es decir, se trataba del precio de la ocultación. Mal asunto, porque empeora todavía mas la percepción.

¿“Crimen sollicitationis” existió?. ¿Está en vigor?.

Y esta actitud puede derivar de la conciencia de algunos eclesiásticos -según parece- de que los trapos sucios se lavan en casa. No es así. La Iglesia, la Católica y cualquier otra, que imparta misiones educativas actúa desde dentro hacia fuera de su casa, porque se proyecta sobre la sociedad. Su orden normativo, su andamiaje jurídico, no colisiona en estos campos con el propio del Estado. Sencillamente se trata de círculos diferentes. Un delito de homicidio cometido dentro de una edificación religiosa es delito de homicidio perseguible por las instancia adecuadas del Estado. Si la Iglesia lo oculta comete obstrucción a la Justicia en sus diferentes manifestaciones normativas. Puede, si quiere, juzgarlo conforme a sus normas y dictar sentencias condenatorias en el orden moral. Puede, si es su Ley, excomulgar, por ejemplo. Pero no privar de libertad al asesino. Ni cuestionar la sentencia que el Estado dicte. Ni suplantar al Estado, ni evitar su acción. Respetar sus decisiones, como cualquier otro, y, si quiere, dictar sus resoluciones condenatorias en los órdenes que le son propios.

¿Ha sido esta la actitud de la Iglesia siempre, en todo momento y en todo lugar?. Dicen que no. Crimen sollicitationis es, al parecer, un documento que obligaba a los obispos a guardar silencio y mantener en secreto los casos de abusos sexuales a menores. El documento fue elaborado por el Santo Oficio (hoy la Congregación para la Doctrina de la fe) en 1962, y contiene una serie de instrucciones para los obispos sobre cómo manejar los casos del “peor crimen”. Es decir,los casos en que los sacerdotes se ven envueltos en relaciones sexuales con animales, personas o niños. Y en los que utilizan las confesiones para obtener favores sexuales de los fieles.

Crimen Sollicitationis llama a manejar en secreto dichos casos y el secreto se extiende al mismo documento. El castigo por la violación del secreto incluye la excomunión, la que sólo puede ser retirada por el mismo Papa. En respuesta, la Iglesia católica arguyó que la política de secretismo no incluía ocultar los crímenes de pedofilia cometidos por sacerdotes. Las jerarquías del Estado Vaticano afirmaron, además, que las normas contenidas en el documento de 1962 no tienen ningún valor vinculante luego de la entrada en vigor de las disposiciones que en 1983 reformaron el Código de Derecho Canónico. Sin embargo, otros quieren sostener lo contrario a la vista una epístola del entonces cardenal Joseph Ratzinger titulada: “De Delictis Gravioribus” del 18 de mayo de 2001.

Con dicha fecha el cardenal Joseph Ratzinger envió la epístola “Delictis Gravioribus” (“Normas de delitos más graves”) a los obispos de toda la Iglesia católica y otros ordinarios y superiores, anunciándoles qué actos “más graves quedaban reservados” al único juicio de su congregación.

¿Son ciertos estos documentos y sus contenidos?. No dispongo de ellos, así que los pronunciamientos deben ser cautelosos y no pasar, por el momento, de un “eso dicen y parece que con cierto fundamento”. Supongo que si continúan los procedimientos judiciales en EEUU mas tarde o mas temprano tendrán que ver la luz judicial, no solo la mediática, porque esta última en demasiadas ocasiones no pasa de una oscuridad nada brillante.

Pero cualquiera que sea el comportamiento pasado nos encontramos en el presente, en el día de hoy, frente a los abusos cometidos y probados, y analizando la reacción que debe presidir la restauración del orden jurídico y moral violado. Los sacerdotes violadores deben ser tratados como lo que son: criminales en los que debe, además, concurrir la agravante muy cualificada de abuso de superioridad. Sean católicos, budistas, hinduistas, cuáqueros o predicadores de cualquier doctrina nacida de ocurrencias preñadas de imaginación creativa.

Porque no solo en la Iglesia viven los abusos. Ni siquiera parece que preferentemente. Desgraciadamente surgen allí donde el hombre, vestido de sotana o con indumentaria de deportes orientales, ejerce cualquier forma de dominación sobre individuos tan indefensos como los niños. Hemos leído noticias aterradoras de gimnasios aparentemente de elite, cuyo elitismo consiste en abusos cometidos y en barbarie puesta en práctica con supuestas argumentaciones que no pasan de miserables excusas indecentes. Y fuera de gimnasio en clubs de diferentes pelajes…En fin, en una variada gama de instrumentos al servicio de lo hediondo. En todo caso la legislación del Estado debe ser ser aplicable, nadie puede quedar inmune frente a semejantes delitos, ni en lo civil ni en lo penal.

¿Podría darse el caso de que Benedicto XVI fuera encausado en EEUU como algunos proclaman?. Penalmente no lo veo. Civilmente tal vez, pero en este caso no a título personal sino como máxima autoridad de una organización que sería la civilmente responsable. Y digo posible porque ignoro los mecanismos jurídicos de encausamiento de un Estado (Vaticano) en otro Estado. Ignoro igualmente si se puede demandar a la Iglesia como organización en un Estado, el de EEUU, por ejemplo, con independencia de que el Vaticano sea otro Estado. Creo que existen pronunciamientos de la Justicia americana, o de autoridades políticas americanas, que no tengo certeza, en el sentido de que Benedicto XVI, en su condición de Jefe de Estado, goza de inmunidad, y se dispone de un precedente anterior, también en Texas, sobre Juan Pablo II. Pero algunos aseguran que la cuestión sigue abierta, al menos en el campo civil.

Celibato y pederastia

Es hasta cierto punto comprensible que los enemigos de la Iglesia Católica aprovechen el viaje para poner de manifiesto lo que consideran rémoras incomprensibles, y de modo particular el celibato. Además de cuestionarlo en sí mismo como absurda represión de la sexualidad inherente a todo ser humano, de negar su supuesta mayor eficacia al servicio de la espiritualidad, lo sitúan, ahora, como una de las causas de la pederastia, de modo que su mantenimiento obligatorio en el seno de la Iglesia equivaldría a colaborar como la inevitable comisión de nuevos delitos de abusos derivados, precisamente, de la represión sexual a la que somete a los sacerdotes encargados de la educación de los niños.

¿Qué hay de cierto?. ¿Es el celibato la causa de la pederastia?. ¿Es, siquiera, un impulsor, un acelerador o un estimulador de tal desviación?. No tengo capacidad de respuesta. He leído posicionamientos de uno y otro género provenientes de teóricos especialistas. ¿Las emociones, las creencias, pueden influir en las conclusiones supuestamente técnicas?. No tengo duda, ni en este asunto ni en ningún otro. La fuerza de lo emocional es ingente, y la posibilidad de sucumbir a ella, incuestionable. Incluso en muchos casos hay una entrega voluntaria a lo emocional porque resulta mas reconfortante que lo analítico.

No defiendo el celibato, ni lo pongo en cuestión ahora. Tratamos de pederastia. El célibe no causa daño a nadie; en todo caso a sí mismo, de ser ciertas determinadas posiciones de especialista en Psicología y Psiquiatría. Pero el pederasta sí. A la vista está. Y hay muchos casos de pederastas que ni son célibes ni están ordenados sacerdotes. La pederastia mundial no tiene como sus agentes cuantitativamente mas numerosos a los sacerdotes católicos. Se piense lo que se piense de la Iglesia Católica el dato parece incuestionable. Otra cosa es que socialmente la pederastia de un sacerdotes es mas reprobable juridicamente (“abuso de superioridad”) que la de otro, precisamente por esa posición de superioridad y por el atributo de predicador de un orden moral incólume. Pero eso no permite una conexión psicológica directa entre celibato y pederastia, porque hay célibes no pederastas y pederastas no célibes.

Supuesto que no es causa eficiente, ¿funcionaría como acelerador o estimulador el hecho de una sexualidad reprimida?. Puede ser, claro que puede ser. Pero si admitimos que la pederastia es una patología, los parámetros de funcionamiento de lo patológico participan de esa característica. Dicho de otro modo: cualquiera sabe qué es lo que mas estimula al pederasta. El mundo del sexo, de los estímulos sexuales, es, ciertamente, terra incognita, y el de las patologías sexuales, mucho mas. ¿Celibato?. Puede ser acelerador. ¿Lesiones en el inconsciente?. Puede. En fin un camino plagado de preguntas que tienen como respuesta un potencial podría ser. Y esto, claro, con independencia de que la Iglesia deba o no suprimir el celibato, que esa es cuestión que no me incumbe.

Lo que mas me ha alarmado consiste en la afirmación, que parece tener fundamento, de que la pederastia es perceptible en momentos tempranos de edad. Ciertamente hay pederastas que comienzan con la barbarie en edad madura. Pero no es eso lo que digo, sino que a juicio de algunos psicólogos, la tendencia a la pederastia es perceptible desde, por ejemplo, los diez o doce años. El individuo se siente con esa patológica inclinación. La percibe en su interior y hasta en su exterior. Y esto es particularmente grave porque en el momento actual de nuestra sociedad esa percepción invita a dos comportamientos aparentemente contradictorios: de un lado, la ocultación. De otro, la búsqueda de los lugares mas adecuados para practicarla con el máximo de impunidad posible.

Y la Iglesia Católica se convierte de esta manera en escenario perfecto. Primero, porque se sabe, normas canónicas aparte, de la tendencia a ocultar los casos cometidos en su seno. Segundo, porque la Iglesia es siempre mas poderosa que el individuo aislado. Tercero, porque en el caso de palabra contra palabra, la del sacerdote viene teóricamente dotada de un plus de credibilidad. Cuarto, porque la enseñanza de niños es actividad principal de la Iglesia. Quinto, porque frente a la superioridad de todo maestro, el sacerdote maneja otro plus cualitativo: es el camino a la Vida Eterna. Podría continuar con la anatomía forzosa de la escena, pero no creo que merezca la pena. Es suficiente, a la vista de la brutalidad de las consecuencias, de los valores en juego.

Si esto es así, está claro que la Iglesia debería poner especial énfasis en la selección de sacerdotes. Para eso , y para otras funciones, se dispone del seminario. Un análisis psicológico previo a la ordenación me parece imprescindible.

Pero la cuestión es: ¿sólo por la Iglesia?. ¿Qué debe hacer el Estado? ¿Es misión delegable?. Para despejar dudas comencemos con preguntas, que es método que suele funcionar. ¿Son súbditos del Estado los niños? ¿Está obligado el Estado a su custodia e integridad física y mental? ¿Debe controlar la estabilidad emocional y el equilibro interno de todos cuantos ejercen superioridad sobre un colectivo tan sensible e indefenso como los niños? ¿Debería examinar a los que ejercieran de profesores de educación física? ¿Y a los que ostentan gimnasios y lugares similares? ¿Y a los que reclaman niños para sectas?

Hay que distinguir entre lo que procede hacer y el modo de implementarlo. Es quizás complicado, pero inevitable encontrarle una solución. Y nadie puede quedar exento. Máxime si la experiencia evidencia la necesidad. No es materia exenta de riesgos porque, por ejemplo, al amparo de este análisis psicológico el Estado podría no emitir certificados de aptitud para la maestría no basándose en alteraciones psicológicas sino buscando que quien las imparte participe de los postulados del gobernante en cuestión que puede ser enemigo de la Iglesia, por ejemplo. ¿Confianza en los técnicos, en la honradez de sus dictámenes, en la inquebrantable moral de quienes ejercen la Medicina en sus diferentes ramas? Hemos visto como una Ley del aborto fue convertida en coladero por la laxitud técnica de los profesionales y el mirar para otro lado de políticos que se decían defensores de la vida y de los postualdos del catolicismo. Cierto. Nada queda exento de riesgos. es el eterno problema de definir: elegir valores en juego, priorizar adecuadamente, buscar no eliminar riesgo porque mientras vivan los hombres los riegos viviran en nuestra vida social. Decidir implica asumir el riesgo. No decidir es una forma de decisión que asume todos los riesgos al tiempo.

Seguramente alguien querrá ira mas allá y sostener lo siguiente: admitamos que en Occidente la patología mental, con variedades casi infinita, se instala de modo creciente. Dejemos ahora las razones y constatemos los hechos. Demasiadas personas ostentan alguna forma de patología mental. Y, claro, tales deficiencias son particularmente sensibles cuando los sujetos afectados por ellas ejercen alguna forma de poder. Por ejemplo, los jueces. ¿Debería someterse a análisis psicológicos regulares antes de ingresar y durante el ejercicio de su función?. No tengo la menor duda. Y me baso en la experiencia. ¿Puede expedirse el titulo de cuidador físico sin tales análisis, máxime cuando se va a ejerce la función sobre colectivos infantiles? No tengo la menor duda. ¿Debe el Estado delegar en la Iglesia Católica y en exclusiva esta misión?. No en exclusiva. Es decir, no sin mas consideración que el hecho de ser Iglesia Católica, porque la experiencia la tenemos frente a nosotros. ¿Entonces? Buscar un mecanismo de solución. Se necesita pensar y buscar soluciones integrales a este problema

Ya se que los escépticos de los análisis psicologicos no constituyen una especie en extinción. Y muy posiblemente dispongan de un fondo de razón considerable. La mente es tan compleja que es capaz de construir sus mecanismos de defensa frente a técnicas invasivas. De acuerdo, pero algo hay que hacer y esto es lo que tenemos mas a mano. Al menos no pecar de negligencia

Cierto es que, como digo, las patologías mentales crecientes provocan mucho daño en diferentes órdenes. Como no podemos abordarlos todos al tiempo debemos comenzar por los colectivos mas indefensos. Un sacerdote, un profesor, un “guru” pueden hacer mucho daño a niños. Un juez puede producir un papel, un simple papel, por el que priva a un hombre de libertad. A sabiendas que está condenando falsamente. A sabiendas que sacrifica libertad por obediencia ideologica, recompensa política, reincremento patrimonial o pasiones desordenadas deriavdas de la autoconciencia de mediocridad. Si así actúa, en el mejor de los casos el perjudicado tendrá derecho a una indemnización de unos cuantos euros que ni siquiera a ese juez le resultan reclamados en lo que se llama “vía de regreso”. No podemos cambiar todo al tiempo Pero trabajar en lo urgente es la misión de nuestros tiempos.


No hay comentarios:

Datos personales